PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL VOTO POR CORREO
O MODALIDAD NO PRESENCIAL
Al objeto de
facilitar la participación de todos/as los/as padres y madres que lo deseen, la
Junta Electoral ha acordado establecer el voto por correo con arreglo a las
siguientes normas:
1.‐ Podrán ejercerlo todos los
electores.
2.‐ El voto deberá ser remitido a la Dirección del centro antes del día
de la realización del escrutinio (antes del día 04 de noviembre, en los 5 d
días hábiles previos), y emitido en el modelo de papeleta aprobado por
la Junta Electoral
3.‐ Para garantizar el
secreto del voto y la identificación del elector se utilizará el sistema de
doble sobre:
El sobre grande exterior estará firmado y contemplará los siguientes datos:
-
Nombre y apellidos de la persona que vota.
-
DNI de la persona que vota.
El segundo sobre (pequeño) no
tendrá ninguna identificación y estará
cerrado, y en su interior
estará la papeleta de voto.
4.- La Dirección del
Centro se encargará de señalar en el Censo Electoral quién ha entregado el voto
por correo, para evitar la posibilidad de que vuelva a votar el día 4 de
noviembre
5.‐ Los votos por correo,
desde el momento que se depositen hasta las 19:00 horas del día 04 de noviembre,
fecha de la votación, estarán custodiados por la Dirección del Centro, quien los
entregará a la Mesa Electoral a tal hora para proceder a la apertura del sobre
exterior y su introducción en la urna electoral.
6.‐ La Mesa Electoral
comprobará, antes de depositar estas papeletas de voto en la urna, que se
encuentran en el Censo a fin de velar por la pureza del procedimiento. Tras
esto, se procederá a su recuento junto con el resto de votos presenciales de la
jornada del día 04 de noviembre.
7.‐ Los votos recibidos
una vez realizado el escrutinio no se tendrán en cuenta.
Para cualquier información
o consulta, pueden dirigirse a la Presidencia de esta Junta Electoral.
Granada, a 23 de octubre
de 2014
LA
PRESIDENTA DE LA JUNTA ELECTORAL
Fdo. Fuensanta Oya Lachica
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